La certificación registral es un documento público que va firmado por el Registrador, que da fe del contenido del registro, sirve para acreditar todo lo referente a una finca que conste en el registro, tanto de titularidades actuales como viejas, y tanto con respecto a derechos actuales como extinguidos. Este documento sirve para hacer servir y probar semejantes derechos en frente de terceras personas, físicas, jurídicas, tribunales y también instituciones y organismos públicos y es, legalmente, el único medio para esto.
La certificación más frecuente en la práctica es la que se conoce como certificación de la finca, que entiende los datos actuales en lo que se refiere a su descripción completa, su dueño o bien dueños, los derechos que puedan haberse constituido sobre la propiedad, como el alquiler, el usufructo o bien el empleo, y las cargas que pesen sobre la finca, (hipotecas, embargos, servidumbres, afecciones fiscales, etcétera), o la coyuntura de estar libre de ellas.
También puede solicitarse la certificación para saber si un documento se ha presentado o bien no en el registro, si bien todavía no esté practicada la inscripción, y su contenido esencial.
Una categoría singular de certificación es la que se expide en razón de mandamiento judicial o bien administrativo en los procedimientos de ejecución por impago de deudas, que genera esenciales efectos jurídicos, como advertir de la posible subasta de la finca a los interesados en contratar con el dueño o bien a los titulares de derechos que accedan al registro tras haberse comenzado el procedimiento.
Puede pedirse además una certificación textual o bien transcripción completa de uno o bien múltiples asientos o bien inscripciones del historial de una finca.
Es esencial rememorar que los asientos registrales están protegidos por la ley orgánica de protección de datos, con lo que no se facilitan datos personales sensibles ni, de forma extendida, información sobre el costo de adquisición de las fincas.
Las certificaciones se pueden solicitar de forma directa en el Registro.
Traductor Jurado Oficial
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Indice
- 1 ¿Cuándo es necesaria una traducción jurada de un Certificado Registral?
- 2 ¿Cómo realizar la traducción jurada de un Certificado de Información Registral?
- 3 ¡Adjunta el Certificado de Información Registral!
- 4 ¿Cuánto tiempo tarda en recibir la traducción jurada del Certificado de Información Registral?
- 5 Ofrecemos servicio de traducción jurada Certificado de Información Registral en toda España:
¿Cuándo es necesaria una traducción jurada de un Certificado Registral?
La traducción jurada es necesaria cuando el certificado de registro está redactado en español y va a ser presentado en otro país, o por el contrario, si el certificado de registro está redactado en un idioma extranjero y va a ser presentado en España. En estos casos, debe presentar una traducción jurada en el idioma del país que va a realizar el trámite.
Disponemos de traductor jurado en diferentes idiomas (alemán, inglés, francés, italiano, ruso, polaco, portugués, italiano, rumano, árabe, chino o ucraniano), los cuales están habilitados por el Ministerio de Asuntos Exteriores a certificar la traducción que realiza.
¿Cómo realizar la traducción jurada de un Certificado de Información Registral?
¡Se trata de un trámite rápido y sin desplazamientos!
Sólo necesitamos que nos envíe el certificado de registro “escaneado”.
PROCEDIMIENTO: una vez aceptada nuestra “propuesta”, podemos realizar la traducción con el documento escaneado. No es necesario que dispongamos del documento original, ya que la traducción va acompañada del documento impreso, quedando claro que la traducción corresponde al certificado de información registral . La traducción irá finalmente certificada, sellada y firmada por un traductor jurado habilitado por el Ministerio de Asuntos Exteriores.
¡Adjunta el Certificado de Información Registral!
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* Si necesitas adjuntar más documentos, escribe directamente a info@manlop.net
¿Cuánto tiempo tarda en recibir la traducción jurada del Certificado de Información Registral?
Al ser un documentos breves, se tarda normalmente aprox. 3 días laborales para que la traducción llegue a la dirección indicada. Si se trata de un encargo de carácter urgente, se puede acortar el plazo.
Ofrecemos servicio de traducción jurada Certificado de Información Registral en toda España:
Traductor Jurado A Coruña, Madrid, Barcelona, Valencia, Zaragoza, Málaga, Murcia, Palma de Mallorca, Gran Canarias, Bilbao, Ceuta, Santiago, Toledo, Melilla, Burgos, Ciudad Real, Córdoba, Vigo, Jaén, Santander, Logroño, Cádiz, Lugo, Badalona, Granada, Almería…
Ante cualquier duda o consulta que le surja quedamos a su disposición.